Protector |
Las personas físicas
que siendo huérfanos/as de militares hayan solicitado su afiliación
a la Asociación, ésta haya sido aprobada por la Junta Directiva y
estén al corriente de pago de las cuotas fijadas por la Asamblea
General o contribuyan a esta Asociación con aportaciones superiores.
Gozarán de todos los derechos, prestaciones y servicios de la misma.
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Colaborador |
Todos aquellos que sin cumplir los
requisitos para ser Protector, sean presentados por uno de éstos y
aprobada su solicitud por la Junta Directiva. No pueden ocupar cargo
alguno en esta Asociación, pero podrán beneficiarse de sus
prestaciones y servicios si están al corriente de pago de las cuotas
que para este tipo de socios se fijen. |
Honor |
Los designados por la Asamblea General, a
propuesta de la Junta Directiva, entre las personas físicas o
jurídicas que, a su juicio, presten o hayan prestado servicios
relevantes a la Asociación. Podrán contribuir al sostenimiento y
mantenimiento de la misma. No gozarán de derecho alguno. |